COMISIÓN DEL IEEBC RESUELVE INTRASCENDENCIA E IMPROCEDENCIA DE SOLICITUD DE PLEBISCITO
Los dictámenes se remitirán al Consejo General para su análisis, discusión y, en su caso, aprobación. MEXICALI, B. C. 7 DE AGOSTO DE 2025. – La Comisión de Participación Ciudadana y Educación Cívica del Instituto Estatal Electoral de Baja California (IEEBC), revisó los dictámenes 4 y 5, en los que aprueba someter al Consejo General el análisis de la intrascendencia e improcedencia, respectivamente, de la solicitud de plebiscito presentada por el ciudadano Juan José Orozco Rodríguez. En sesión pública, la Comisión resolvió declarar la intranscendencia del acto que se pretende someter a plebiscito, al señalar que la emisión de la declaratoria de necesidad para otorgar la concesión de un carril confinado en el corredor Tijuana-Rosarito 2000, se trata de un acto de la administración pública que formaliza la decisión de la persona titular del Poder Ejecutivo del Estado de ejercer sus facultades para otorgar una concesión por excepción. Esta acción…