Derechos ARCO

Unidad de Transparencia

¿Cómo presentar una solicitud de derechos ARCO?

CONOCE MÁS SOBRE LOS

DERECHOS

A 🔑

ACCESO

Como ciudadano tienes derecho a solicitar y obtener información de tus datos personales que estén en posesión de cualquier sujeto que la deba publicar y conocer el uso que se les da.

R ✏️

RECTIFICACIÓN

Tienes el derecho a corregir o modificar tus datos personales cuando no sean precisos, incompletos, inadecuados o excesivos.

C 🚫

CANCELACIÓN

Puedes eliminar tus datos personales cuando la finalidad del tratamiento haya concluido o no se ajuste a los fines para los cuales fueron recopilados.

O

OPOSICIÓN

Puedes oponerte al uso, manejo y/o tratamiento de tus datos personales para evitar que te causen daños o se produzcan efectos no deseados.



¿QUÉ SON LOS DERECHOS ARCO?

Estos son los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición al tratamiento de datos personales.

A continuación, te detallamos qué implica cada uno de estos derechos:

Acceso: Es el derecho que tienes de solicitar el acceso a tus datos personales que están en las bases de datos, sistemas, archivos, registros o expedientes del responsable que los posee, almacena o utiliza, así como de conocer información relacionada con el uso que se da a tu información personal.

Rectificación: Es el derecho que tienes de solicitar la rectificación o corrección de tus datos personales, cuando éstos sean inexactos o incompletos o no se encuentren actualizados. En otras palabras, puedes solicitar a quien posea o utilice tus datos personales que los corrija cuando los mismos sean incorrectos, desactualizados o inexactos.

Cancelación: Es el derecho que tienes de solicitar que tus datos personales se eliminen de los archivos, registros, expedientes, sistemas, bases de datos del responsable que los posee, almacena o utiliza.

Oposición: Es el derecho que tienes de solicitar que tus datos personales no se utilicen para ciertos fines, o de requerir que se concluya el uso de los mismos.

Fundamento Legal:
Artículos 41 al 50 de la Ley de protección de datos Personales para el Sector Público del Estado de Baja California.

¿DÓNDE PUEDO PRESENTAR MI SOLICITUD DE EJERCICIO DE DERECHOS ARCO?

Las solicitudes para el ejercicio de los derechos ARCO deberán presentarse ante la Unidad de Transparencia del responsable competente, a través de escrito libre, formatos, medios electrónicos o cualquier otro medio que al efecto establezcan las Autoridades Garantes, en el ámbito de sus respectivas competencias.

En la solicitud para el ejercicio de los derechos ARCO no podrán imponerse mayores requisitos que los siguientes: I. El nombre de la persona titular y su domicilio o cualquier otro medio para recibir notificaciones;
II. Los documentos que acrediten la identidad de la persona titular y, en su caso, la personalidad e identidad de su representante;
III. De ser posible, el área responsable que trata los datos personales y ante la cual se presenta la solicitud;
IV. La descripción clara y precisa de los datos personales respecto de los que se busca ejercer alguno de los derechos ARCO, salvo que se trate del derecho de acceso;
V. La descripción del derecho ARCO que se pretende ejercer, o bien, lo que solicita la persona titular; y,
VI. Cualquier otro elemento o documento que facilite la localización de los datos personales, en su caso.

Fundamento Legal
Artículo 45, de la Ley de protección de datos Personales para el Sector Público del Estado de Baja california.

También se debe incluir (Información Específica)

Además de la información general antes señalada, dependiendo del derecho que desee ejercer, deberá incluir la siguiente información en la solicitud:

DERECHO DE ACCESO: La persona titular deberá señalarla modalidad en la que prefiere que éstos se reproduzcan.
DE RECTIFICACIÓN: La persona titular tendrá derecho a solicitar al responsable la rectificación o corrección de sus datos personales, cuando éstos resulten ser inexactos, incompletos o no se encuentren actualizados.
DERECHO DE CANCELACIÓN: La persona titular deberá señalar las causas que la motiven a solicitar la supresión de sus datos personales en los archivos, registros o bases de datos del responsable.
DERECHO DE OPOSICIÓN: la persona titular deberá manifestar las causas legítimas o la situación específica que la llevan a solicitar el cese en el tratamiento, así como el daño o perjuicio que le causaría la persistencia del tratamiento o, en su caso, las finalidades específicas respecto de las cuales requiere ejercer el derecho de oposición.

Después de presentar la solicitud

1. Es importante que tome en cuenta que, si la solicitud no cuenta con la información antes descrita, el responsable podrá solicitar la información faltante por medio de una PREVENCIÓN, la cual se deberá emitir en un plazo máximo de 5 días siguientes de la presentación de la solicitud, y usted tendrá 10 días contados a partir del día siguiente de la notificación, para que subsane la omisiones, de lo contrario se tendrá como no presentada su solicitud.

2. Cuando presente su solicitud, el responsable le deberá entregar un ACUSE en el que conste la fecha de recepción de la misma.

Acreditar la identidad del titular y, en su caso, la de su representante, así como la personalidad de este último.

La solicitud se deberá acompañar de copia simple de una identificación oficial de usted como titular de los datos personales, así como de su representante, en caso de que éste sea quien presente la solicitud.

Entre las identificaciones oficiales válidas se encuentran:

  • Credencial Para Votar
  • Pasaporte
  • Cartilla Militar
  • Cédula Profesional
  • Licencia para Conducir
  • Documento Migratorio


La personalidad de su representante, en su caso, se podrá acreditar de la siguiente forma:

Si el representante es persona física, se podrá elegir cualquiera de las siguientes tres opciones:

  • Mediante la presentación de una carta poder simple suscrita ante dos testigos, anexando copia simple de sus identificaciones oficiales;
  • Mediante instrumento público (documento suscrito por un Notario Público)
  • Acudiendo usted y su representante a declarar en comparecencia ante el responsable.


La personalidad de un representante persona moral, sólo se podrá acreditar mediante instrumento público.

Es importante tener en cuenta que la identidad del titular y su representante, así como la personalidad de este último, deberán quedar debidamente acreditadas previo al ejercicio del derecho de que se trate, en caso de que resulte procedente, mediante la presentación de los documentos originales antes señalados o copia certificada de los mismos, para su cotejo.
(Artículo 101 de los Lineamientos de protección de datos personales en posesión de Sujetos Obligados del Estado de Baja California)



En caso de solicitudes relacionadas con datos personales de menores de edad, personas en estado de interdicción o incapacidad declarada por ley, o fallecidas.

Para el ejercicio de derechos ARCO de este grupo de personas titulares, además de la presentación de la solicitud con la información descrita anteriormente, se deberán aportar los siguientes documentos, según sea el caso:



Para solicitudes de ejercicio de derechos ARCO de datos personales de menores de edad:

  • Si los padres ejercen la patria potestad y son los que presentan la solicitud:
    • Documento que acredite la identidad de menor.
    • Acta de nacimiento del menor.
    • Identificación oficial del padre o de la madre, que pretenda ejercer el derecho.
    • Carta en la que se manifieste, bajo protesta de decir verdad, que el padre o la madre es quien ejerce la patria potestad del menor, y que no se encuentra dentro de alguno de los supuestos legales de suspensión o limitación de la patria potestad.
  • Si una persona distinta a los padres es quien ejerce la patria potestad, y es quien presenta la solicitud:
    • Documento que acredite la identidad de menor.
    • Acta de nacimiento del menor.
    • Documento legal que acredite la posesión de la patria potestad.
    • Identificación oficial de quien presenta la solicitud y posee la patria potestad.
    • Carta en la que se manifieste, bajo protesta de decir verdad, que ejerce la patria potestad del menor, y que no se encuentra dentro de alguno de los supuestos legales de suspensión o limitación de la patria potestad.
  • Cuando un tutor es quien ejerce la patria potestad:
    • Documento que acredite la identidad de menor.
    • Acta de nacimiento del menor.
    • Documento legal que acredite la tutela.
    • Identificación oficial del tutor.
    • Carta en la que se manifieste, bajo protesta de decir verdad, que ejerce la tutela del menor, y que no se encuentra dentro de alguno de los supuestos legales de suspensión o limitación de la tutela.


Para solicitudes de derechos ARCO de datos personales de personas en estado de interdicción o incapacidad legal:

  • Documento que acredite la identidad del titular de los datos personales.
  • Instrumento legal de designación del tutor.
  • Identificación oficial del tutor.
  • Carta en la que se manifieste, bajo protesta de decir verdad, que ejerce la tutela, y que no se encuentra dentro de lo alguno de los supuestos legales de suspensión o limitación de la misma.


Para solicitudes de derechos ARCO de datos personales de personas fallecidas:

  • Identificación oficial de la persona a quien pertenecían los datos personales.
  • Acta de defunción correspondiente.
  • Documento(s) que acrediten el interés jurídico de quien presenta la solicitud; aquél donde el titular de los datos personales hubiere expresado fehacientemente su voluntad de que esta persona ejerza los derechos ARCO con relación a sus datos personales, o el mandato judicial que en su caso exista para dicho efecto.
  • Documento de identificación oficial de quien presenta la solicitud.

Se entenderá por interés jurídico aquel derecho subjetivo derivado de una ley que permite a una persona actuar a nombre de otra que por su situación le es imposible. Ello, a efecto de solicitar el ejercicio efectivo de los derechos ARCO.

Quienes pueden alegarlo son, de manera enunciativa mas no limitativa:

  • El albacea,
  • Los herederos,
  • Los legatarios o cualquier persona que haya sido designada previamente por el titular para ejercer los derechos ARCO en su nombre, lo que se acreditará con copia simple del documento delegatorio, pasado ante la fe de notario público o suscrito ante dos testigos.

En el supuesto de que el titular sea un menor de edad, el interés jurídico se acreditará con la copia del acta de defunción, de las identificaciones del menor y de quien ejercía la patria potestad y/o tutela, así como una carta en la que el requirente manifieste, bajo protesta de decir verdad, que no se encontraba dentro de alguno de los supuestos legales de suspensión o limitación de la misma.

En ambos supuestos, se deberá acompañar una carta en la cual se expresen los motivos por los cuales solicita el acceso, rectificación, cancelación u oposición de los datos de la persona fallecida.



Causas en las que no es procedente la solicitud de ejercicio de los derechos ARCO
I. Cuando la persona titular o su representante no estén debidamente acreditadas para ello;
II. Cuando los datos personales no se encuentren en posesión del responsable;
III. Cuando exista un impedimento legal;
IV. Cuando se lesionen los derechos de un tercero;
V. Cuando se obstaculicen actuaciones judiciales o administrativas;
VI. Cuando exista una resolución de autoridad competente que restrinja el acceso a los datos personales o no permita la rectificación, cancelación u oposición de los mismos;
VII. Cuando la cancelación u oposición haya sido previamente realizada;
VIII. Cuando el responsable no sea competente;
IX. Cuando sean necesarios para proteger intereses jurídicamente tutelados de la persona titular;
X. Cuando sean necesarios para dar cumplimiento a obligaciones legalmente adquiridas por la persona titular;
XI. Cuando en función de sus atribuciones legales el uso cotidiano, resguardo y manejo sean necesarios y proporcionales para mantener la integridad, estabilidad y permanencia del Estado mexicano; o,
XII. Cuando los datos personales sean parte de la información que las entidades sujetas a la regulación y supervisión financiera del sujeto obligado hayan proporcionado a éste, en cumplimiento a requerimientos de dicha información sobre sus operaciones, organización y actividades.

El responsable deberá informar a la persona titular el motivo de su determinación, en el plazo de hasta veinte días y por el mismo medio en que se llevó a cabo la solicitud, acompañando en su caso, las pruebas que resulten pertinentes.

Plazos y procedimiento para la atención de las solicitudes de ejercicio de derechos ARCO.

Una vez que se presentó la solicitud y que ésta cumplió con los requisitos antes descritos, el sujeto obligado ante el cual se presentó deberá realizar lo siguiente:

  • En un plazo de 20 días hábiles, contados a partir del día siguiente a la recepción de la solicitud, deberá informarle si procede o no el ejercicio del derecho solicitado.
  • En caso de que haya procedido el ejercicio del derecho, deberá llevar a cabo las acciones necesarias para hacerlo efectivo, en un plazo de 15 días hábiles, contados a partir del día siguiente en el que le haya notificado la respuesta anterior.
  • Los plazos antes señalados se pueden ampliar por un periodo igual, cuando esté justificado y se le informe de ello.
  • Aunque no proceda el ejercicio del derecho solicitado, el sujeto obligado deberá responder la solicitud, explicando las causas de la improcedencia respectiva, en el plazo de 20 días hábiles antes señalado.


El ejercicio de los derechos ARCO es GRATUITO, y sólo podrán realizarse cobros para recuperar los costos de reproducción, certificación o envío de información, bajo las siguientes reglas:

  • Cuando el titular proporcione un medio magnético, electrónico o el mecanismo necesario para la reproducción de los datos personales (USB o CD), éstos deberán ser entregados sin costo.
  • La información deberá ser entregada sin costo cuando implique la entrega de no más de 20 hojas simples.


Por último, si la normatividad aplicable al tratamiento de datos personales en cuestión, establece un trámite o procedimiento específico para el ejercicio de los derechos ARCO, el sujeto obligado le deberá informar la existencia de dicho trámite o procedimiento en un plazo máximo de 5 días hábiles, contados a partir del día siguiente de la presentación de la solicitud, a fin de que usted decida si presentará su solicitud de acuerdo con el trámite específico o con base en el procedimiento aquí descrito.

¿Cómo presentar una solicitud de derechos ARCO?

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