Los partidos políticos son entidades de interés público, que tienen como fin promover la participación de los ciudadanos en el desarrollo de la vida democrática, contribuir a la integración de la representación estatal y como asociación de ciudadanos, acceder al ejercicio del poder público, de acuerdo con los programas, principios e ideas que postulen y mediante el sufragio universal, libre, secreto, directo, personal e intransferible.Tendrán el carácter de partidos políticos:
- Estatales: los que se constituyan y obtengan su registro ante el Instituto Electoral, de acuerdo a los requisitos y procedimientos que señala la Ley.
- Nacionales: los que acrediten ante el Instituto Electoral la vigencia de su registro obtenido ante el Instituto Federal Electoral.
Están contemplados en el artículo 35 de la Ley General de Partidos y el artículo 31 de la Ley de Partidos del Estado de Baja Californa siendo los siguientes: declaración de principios, programa de acción, los estatutos.
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