Violencia Política

La violencia política contra las mujeres (VPCM) comprende todas aquellas acciones u omisiones de personas, servidoras o servidores públicos que se dirigen a una mujer por ser mujer (en razón de genero), tienen un impacto diferenciado en ellas o les afectan desproporcionadamente, con el objeto o resultado de menoscabar o anular sus derechos político-electorales, incluyendo el ejercicio del cargo.

La VPCM puede incluir, entre otras, violencia física, psicológica, simbólica, sexual, patrimonial, económica o feminidad.

Las siguientes manifestaciones pueden considerarse actos de VPCM en razón de genero

  • Amenacen, asusten o intimiden en cualquier forma a una o varias mujeres y/o a sus familias, y que tengan por objeto o resultado anular sus derechos politicos, incluyendo Ia renuncia al cargoo funcion que ejercen o postulan.
  • Restrinjan o anulen el derecho al voto libre y secreto de las mujeres.
  • Difamen, calumnien, injurien o realicen cualquier expresion que denigre a las mujeres en el ejercicio de sus funciones políticas, con base en estereotipos de genero, con el objetivo o el resultado de menoscabar su imagen publica y/o limitar sus derechos politicos.
  • Discriminen a la mujer en el ejercicio de sus derechos políticos, por encontrarse en estado de embarazo, porto, puerperia, licencia por maternidad o de cualquier otra licencia justificada, de acuerdo a la normativa aplicable.
  • Danen, en cualquier forma, elementos de la campana electoral de Ia mujer, impidiendo que Ia competencia electoral se desarrolle en condiciones de igualdad.
  • Impongan sanciones injustificadas y/o abusivas, impidiendo o restringiendo el ejercicio de sus derechos políticos en condiciones de igualdad.
  • Obliguen a la mujer a conciliar o a desistir cuando se encuentre en un proceso administrativo o judicial en defensa de sus derechos políticos.
  • Proporcionen a la mujer, en el ejercicio de sus derechos politicos, información falsa, errada o imprecisa y/u omitan informacion que induzca al inadecuado ejercicio de sus derechos políticos en condiciones de igualdad.
  • Para obtener asesoría o denunciar la violencia política en contra de las mujeres:

    Instancia Teléfono Email
    Fiscalía Especializada para la Atención de Delitos Electorales (FEPADE) 5346-0000
    Fiscalía Especializada para los Delitos de Violencia Contra las Mujeres y Trata de Personas 01-800-00-854-00
    Instituto Nacional Electoral 01-800-433-2000
    Subsecretaria de Derechos Humanos de la Secretaria de Gobernación 0155-5093-3000
    Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas 0155-1000-2000
    Tribunal de Justicia Electoral del Estado de Baja California (686) 553-49-03 y 553-48-21
    Instituto de Ia Mujer en Baja California (686) 558-6364, 557-5495 y 557-5230 institutodelamujerbc@yahoo.com.mx
    Instituto Estatal Electoral de Baja California (686) 568-4037, 568-41 82, 568-41 82 y 568-4732, Ext. 1065 perla.esquivel@eebc.mx

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