Verificación de padrones de partidos políticos
Los Partidos Políticos Locales,* para conservar su registro, tienen la obligación de mantener el número de militantes requeridos en la normatividad vigente, es decir:
- el equivalente al 0.26% del Padrón Electoral Local que haya sido utilizado en la elección ordinaria inmediata anterior, y estar distribuidos en cuando menos dos terceras partes de los municipios de la entidad.
El proceso de verificación del cumplimiento del número mínimo de los padrones de militantes de los Partidos Políticos Locales para la conservación de su registro, se realiza cada tres años para garantizar que cada partido político cumple con estos requisitos previo al inicio del proceso electoral local.
*Ley General de Partidos Políticos, art.10, numeral 2, inciso c); art. 25, numeral 1, inciso c) y art. 94, numeral 1, inciso d). Partido Político 0.26% = 7,637.84 |
Afiliados válidos 2023 |
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Total | Hombres | Mujeres | |||
Partido Encuentro Solidario Baja California | 7,994 | 4,809 | 3,185 | Descargar | |
Fuerza por México Baja California | 8,322 | 4,721 | 3,601 | PadronAfiliadosFXMBCDescargar |
Normatividad relacionada
Lineamientos para la verificación de los padrones de personas afiliadas a los partidos políticos nacionales y locales.