Asambleas

Las organizaciones ciudadanas deberán celebrar asambleas en por lo menos dos terceras partes de los distritos locales electorales o municipios, en las cuales un funcionario electoral certificara diversos requisitos, entre ellos, que se cumpla el Quorum legal, siendo el equivalente al 0.26% del padrón electoral en cada demarcación, así como el número de afiliados que concurrieron y participaron en la asamblea, además de que se elegirán delegados propietarios y suplentes que participaran en la asamblea local constitutiva. Conoce más

Agenda de Asambleas

Consulta la programación de las Asambleas de las Organizaciones Ciudadanas que pretenden constituirse como Partido Político Local.

Avance de Asambleas

Conoce el avance en el desarrollo de las Asambleas de cada una de las Organizaciones Ciudadanas.

Inklusion
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